Para responder a una consulta formulada la semana pasada acerca de si las palabras obligatoriedad y obligación se pueden usar indistintamente, es necesario hacer algunas aclaraciones
El diccionario de la RAE define así (pág.1603,2ª
columna):
obligatoriedad. Cualidad de obligatorio.
obligatorio: adj.
Dicho de una cosa: que obliga a su cumplimiento y obligación
obligación. Aquello
que alguien está obligado a hacer. (tiene 7 acepciones más)
Lo anterior quiere decir que las personas,
entidades, instituciones y organismos tienen obligaciones y solo las cosas
pueden caracterizarse por su obligatoriedad
En consecuencia, en la oración: “El juez
decretó bajo fianza la libertad del sindicado, pero con la obligatoriedad de presentarse en el juzgado cada 10 días...”, dicha
expresión está mal usada; debió decir: «... pero con la obligación de presentarse cada 10 días»
Y en el caso de la oración «La Universidad
ha incorporado novedades para la realización de sus clases durante la pandemia;
una de ellas es la obligatoriedad de mantener vigentes los protocoos de
seguridad.” debió usarse la palabra ‘obligación’ en lugar de ‘obligatoriedad’.
En cambio es correcto decir: “Dicho texto establece la obligatoriedad de esta Ley para todos los habitantes del país.”.Porque “texto” es una cosa, es decir, un sustantivo..
Hasta la próxima
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