La palabra
“pronunciamiento” se escucha y se ve escrita con mucha frecuencia; en la
mayoría de las veces, mal utilizada.
El diccionario de
la RAE, nos da el siguiente significado de la palabra “pronunciamiento”:
”Alzamiento militar
contra el Gobierno, promovido por un jefe militar u otro caudillo.2//Der.: Cada
una de las declaraciones, condenas o mandatos del juzgador.3// Der. Dicho de un
asunto judicial: que se ha de resolver por separado y antes del fallo
principal.”
La definición es
muy clara, sin embargo, escuchamos: “se espera un pronunciamiento del Alcalde
al respecto”
Nuestra
Constitución dice”...el plebiscito es el mecanismo por el cual se solicita al
pueblo un pronunciamiento sobre...”
Algún político en
un discurso afirmó: “el plebiscito es el pronunciamiento que se le solicita al
pueblo cerca de una decisión fundamental para la vida del Estado”.
Y el artículo 42
del Decreto 2067 de 1991 reza:
“...la Corte podrá
reducir los términos allí previstos
cuando lo considere necesario para decidir con anterioridad al
pronunciamiento popular.”
Salta a todas luces
que en los ejemplos anteriores la palabra pronunciamiento está mal utilizada.
Baste con remplazar la mencionada palabra por su significado y veremos que el
resultado es absurdo.
Por otra parte, el
Manual del Español Urgente” (Manual de estilo de la Agencia Española EFE), en
su página 197, segunda columna expresa: “Evítese cuidadosamente hacer este
término equivalente a “declaración”, ya que solo significa “Rebelión Militar”.
De modo que se debe
tener mucho cuidado y no hablar de pronunciamiento cuando se quiere
decir
declaración, revelación,
expresión o manifestación.
Si decimos que un
político hace 'una serie de
pronunciamientos” es evidente que no será un demócrata, porque recordemos
que en español, pronunciamiento es 'un
alzamiento militar contra el gobierno' o en la jerga jurídica 'cada una de las condenas, mandatos o
declaraciones del juzgador'.
Hasta la próxima
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